Servicios mínimos para los paros parciales de los trabajadores del autobús durante los fines de semana

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Los paros están anunciados en horario de 8,00 a 10,00 y de 20,00 a 22,00 horas, los días 17, 18, 23, 24, 25 y 30 de abril, y 1, 2, 7, 8 y 9 de mayo.

Avanza Zaragoza lamenta de antemano el perjuicio que los ciudadanos puedan sufrir por causa de dichos paros

Zaragoza, viernes, 16 de abril de 2021.- El Ayuntamiento de Zaragoza ha fijado, a través de un Decreto de Vicealcaldía, los servicios mínimos para la huelga convocada por el comité de empresa de AVANZA Zaragoza desde el sábado 17 de abril. Están anunciados paros parciales en horario de 8,00 a 10,00 y de 20,00 a 22,00 horas, los días 17, 18, 23, 24, 25 y 30 de abril, y 1, 2, 7, 8 y 9 de mayo. 

Los servicios mínimos fijados son los siguientes:

De manera global, según las dotaciones propuestas para cada línea y franja horaria, de media se establece como servicio mínimo:

  • Sábados (días 17/04, 24/04 y 08/05). Mañana 61% y tarde 57%.
  • Domingos con mercadillo: (días 18/04, 25/04, 09/05). Mañana 53% y tarde 52%.
  • Domingos con mercadillo y refuerzo por apertura comercial: (día 02/05). Mañana 55% y tarde 54%.
  • Festivo con mercadillo: (día 23/04). Mañana 53% y tarde 52%.
  • Festivo sin mercadillo: (día 01/05). Mañana 54% y tarde 51%.
  • Viernes laborable: (días 30/05, 07/05). Mañana 68% y tarde 47%

El decreto especifica que las expediciones iniciadas a la hora de inicio de los paros realizarán su trayecto completo hasta el final de la línea, permitiendo la subida y bajada de viajeros. El servicio que realicen los autobuses hasta el final de línea será considerado como servicios mínimos a todos los efectos. Por otra parte, el servicio para personas de movilidad reducida severa (PMRS) debe mantener la prestación del servicio al 100%.

Al margen de los conductores, se establecen servicios mínimos en otros puestos del servicio, entre ellos: Se fija el 100% de servicios mínimos en portería.

  • Se establece el 30% de servicio mínimo de caja para la recogida recaudación de conductores al final del servicio.
  • Debe permanecer en todo momento una persona para control de stocks y material de almacén. Se establece el 100% de servicio mínimo.
  • Se establece el 50% de servicio mínimo en taller, para reparación averías.
  • Se fija el 70% de servicio mínimo de inspección, para apoyo a los conductores, atención a incidencias y operatividad del servicio.
  • Se establece un servicio mínimo del 50% para el personal de administración y prevención.
  • En el servicio de atención al cliente ubicado en el Paseo de la Independencia 24-26 (Centro comercial “Caracol”) se fija un servicio mínimo del 80%, garantizando en todo momento al menos la presencia física de dos personas.
  • El servicio de atención al cliente en fines de semana se encuentra externalizado, por lo que no se precisa establecer servicios mínimos.

DESPLAZAMIENTOS OBLIGADOS Y CRISIS SANITARIA

Para el establecimiento de estos servicios mínimos se han tenido en cuenta distintos factores. Así, se ha analizado el número de viajes realizados, distinguiendo entre los debidos a motivos obligados (de trabajo, estudios o asistencia sanitaria) y los no obligados (ocio, compras, gestiones varias…), concluyendo que hasta el año 2019 en torno al 50% de los desplazamientos realizados eran debidos a la denominada movilidad obligada, porcentaje que se ha incrementado en 2020 hasta el 84,7% de la demanda, como consecuencia de la situación sanitaria generada por la pandemia al haber descendido notablemente los desplazamientos voluntarios y la demanda en general de usos del transporte colectivo.

La movilidad obligada está directamente vinculada al ejercicio de derechos constitucionalmente protegidos, como los relativos al trabajo, la educación y salud. En esta línea, se ha considerado que los servicios mínimos en el transporte deberían ser aquellos que, aunque con dificultades y retrasos, permitan satisfacer las necesidades de movilidad vinculadas a esos otros derechos fundamentales.

Además, se ha tenido en cuenta la excepcional situación derivada de la pandemia de COVID-19, que exige garantizar, en lo posible, el cumplimiento de la limitación de aforos en los vehículos como medida que posibilite el distanciamiento social para prevenir los contagios.